El honorable congresista del Partido Revolucionario Moderno (PRM), explicó que el artículo 6 de la ley 86-00, que regula las tarifas de los colegios privados, establece que el aumento se debe realizar tomando en cuenta el monto del año anterior, con un alza no mayor al 7 % como tope para el año próximo, porque en la ley actual no existe un tope para los aumentos.
“Si el propietario de ese colegio realiza un aumento desproporcionado de las tarifas, además de devolver el dinero pagarían una multa de RD$10,000 a RD$100,000, y ya en última instancia el cierre del centro educativo con la revocación de la licencia”, detalló Aguilera.
El diputado quien sometió este proyecto el 27 de abril del año en curso, lo hizo por la preocupación de los padres de que, si se aprobara la eliminación de la reinscripción, los centros educativos privados no puedan traducir ese pago en las mensualidades.
Aguilera aclaró que quienes no cumplan con esas normativas se enfrentarían a un régimen de consecuencias señaladas en el artículo 7 de la misma normativa.