Como establece la sentencia emitida por el Tribunal Colegiado de este distrito judicial, el procesado infringió los artículos 332-1 y 332-2 del Código Penal, modificado por la Ley 24-97, que tipifica el incesto mediante engaño, violencia, amenaza, contra una persona menor de edad ligada por lazos de parentesco natural, legítimo o adoptivo.
Los jueces Diógenes Dámaso, Luis Martes y Angélica Calderón Molina enviaron al condenado a la cárcel pública de esta ciudad.
El Ministerio Público detalla en el expediente acusatorio que el imputado agredía sexualmente a su hijastra desde que ella tenía 15 años, para lo que aprovechaba la ausencia de su esposa, madre de la menor. Agrega que para mantenerse impune acudía al chantaje, constreñimiento y amenaza de muerte hacia la víctima y su progenitora.
El 3 de mayo de 2020, la adolescente contó a su madre todo lo que sucedía, lo que originó la investigación y sometimiento a la justicia del agresor.
El procurador fiscal Wintong Florinelli, adscrito a la Unidad de Atención Integral a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, presentó todas las evidencias documentales, testimoniales y forenses que prueban la conducta violenta del hombre hacia su hijastra, cuyos nombres se omiten para proteger la intimidad de la víctima.