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MAP establece tarifas de viáticos para servidores públicos

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Santo Domingo, RD,.- El Ministerio de Administración Pública (MAP) estableció y actualizó las disposiciones y tarifas de los viáticos que deberán percibir los servidores de los distintos órganos y entes de la Administración Pública para cubrir las necesidades diarias de alimentación y hospedaje, cuando realicen labores oficiales fuera de su lugar habitual de trabajo y de los límites de la zona metropolitana o del Gran Santo Domingo.

El MAP adoptó la medida mediante la resolución número 049-2021, firmada por el licenciado Darío Castillo Lugo, titular de la cartera, que deroga la resolución número 14-2016, de fecha 11 de mayo de 2016 y que fue enviada a todos los ministerios, direcciones generales y nacionales, órganos y entes de la Administración Pública para su fiel cumplimiento.

La nueva medida dispone una escala de las tarifas diarias para el pago de viáticos para viajes al interior del país, que incluye un 10% para el desayuno; almuerzo, 25%; cena, 20%; y alojamiento o habitación, un 45%.

De manera que los ministros recibirán RD$800.00 de desayuno, RD$1,950 por almuerzo, RD$1,600 por cena y RD$3,600.00 para alojamiento, para un total de RD$7,950.00; los viceministros deberán recibir RD$750.00 para desayuno, RD$1,800.00 para almuerzo, RD$1,400.00 para cena y RD$3,400.00 para alojamiento, para un total de RD$7,350.00; los directores generales, nacionales, ejecutivos o equivalentes recibirán RD$700.00 para desayuno, RD$1,650.00 para almuerzo, RD$1,300.00 para cena y RD$3,300.00 para alojamiento para un total de RD$6,950.00.

Mientras, a los subdirectores generales, nacionales, ejecutivos o su equivalente, le corresponde recibir RD$650.00 para desayuno, RD$1,500.00 para almuerzo, RD$1,200.00 para cena y RD$3,200.00 para alojamiento, para un total de RD$6,550.00; los directores de áreas recibirán RD$600.00 para desayuno, RD$1,350.00 para almuerzo, RD$1,100.00 para cena y RD$3,100.00 para alojamiento, para un total de RD$6,150.00.

Los encargados de departamentos y divisiones recibirán RD$550.00 para desayuno, RD$1,200.00 para almuerzo, RD$1,000.00 para cena y RD$3,000.00 para alojamiento, para un total de RD$5,750.00; los encargados de secciones y coordinadores deberán recibir RD$500.00 para desayuno, RD$1,050.00 para almuerzo, RD$900.00 para cena y RD$2,800.00 para alojamiento, para un total de RD$5,250.00.

Los profesionales tendrán una asignación de RD$450.00 para desayuno, RD$900.00 para almuerzo, RD$800.00 para cena y RD$2,600.00 para alojamiento, para un total de RD$4,750.00; los técnicos recibirán RD$400.00 para desayuno, RD$800.00 para almuerzo, RD$700.00 para cena y RD$2,200.00 para alojamiento, para un total de RD$4,100.00.

En tanto que la asignación para otros puestos será de RD$350.00 para desayuno, RD$750.00 para almuerzo, RD$600.00 para cena y RD$2,200.00 para alojamiento, para un total de RD$3,900.00. En los casos en que los choferes también deban pernoctar en los lugares que lo hará el personal que transportaron, el monto del alojamiento de los mismos deberá equivaler al nivel de los Técnicos.

La resolución establece que a los montos de los viáticos diarios de cada categoría de puestos, se les aumentará un cinco por ciento (5%), en los casos de viajes en asuntos laborales a provincias turísticas como: La Altagracia, La Romana, Puerto Plata y Samaná.

Asimismo, determina que cuando los funcionarios y servidores públicos deban salir de sus hogares, a los servicios asignados, entre las diez de la noche y las cinco de la madrugada, las dietas se les pagará acorde a las tarifas correspondientes a un día de salario, lo mismo si los servicios se producen en días no laborables o feriados.

La resolución precisa que las solicitudes de viáticos serán tramitadas por los menos con cinco (5) días laborables antes de las fechas de realización de los viajes para la ejecución de servicios, anexando los documentos que sirvan de medios de verificación de los trabajos a realizar, y remitidas a las respectivas Direcciones Administrativa-Financieras, para la revisión y depuración correspondientes.

Asimismo, que en caso de que el servidor público en cumplimiento de trabajos especiales, deba desplazarse por cuenta propia, no en vehículo de la institución, a la tarifa que corresponda, se le adicionará la suma del costo del pasaje de ida y vuelta, al lugar correspondiente; o en su defecto, se calculará el consumo de combustible de acuerdo al kilometraje a recorrer, al precio del galón del día del servicio.

También, que en caso de que, por razones de fuerza mayor o extrema urgencia, el servicio deba realizarse sin la debida planificación previa, los funcionarios autorizados, tramitarán a la correspondiente Dirección Administrativa-Financiera, la solicitud de reembolso de valores que correspondan.

Además, definió la Zona metropolitana o del Gran Santo Domingo, al perímetro delimitado al Este, hasta Boca Chica; por el Sur, hasta San Cristóbal; y por el Norte, hasta Villa Altagracia.

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