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San Juan de la Maguana

Aseguran aumento sin reclasificación afectará desarrollo de las Mipyme

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Hacer el aumento al salario mínimo sin el cumplimiento de la Ley 187-17 sobre la reclasificación de las empresas, como lo hizo el Comité Nacional de Salario (CNS) el martes, afectará de manera directa la competitividad y el desarrollo del sector Mipyme, aseguró ayer Dinorah Subero.
La actual presidenta de la Confederación Dominicana de Pequeñas y Medianas Empresas (Codopyme) dijo que para ellos es insostenible la carga laboral y ahora se le suma un aumento de salario no clasificado según el tamaño de las empresas.
“Esta situación estará provocando que los pequeños negocios podamos quebrar y por ende la posibilidad de despidos masivos y estar sujetos a demandas laborales”, dijo.
Señaló que se provocará una inestabilidad económica y un aumento de desempleo en el momento en que se debe estar más unido para generar más puestos de trabajo. Subero hizo hincapié en que es “una verdadera lástima que el CNS se definiera de una vez sin tomar en cuenta nuestra propuesta de cumplir la ley y que no fueran valorados los argumentos del sector empresarial, que demuestran que actualizando los valores para clasificar las empresas, permitiría homogeneizar criterios.
Dijo que con una clasificación de las empresas se fomentaría la formalización de las Mipyme, entre otras ventajas para las empresas y trabajadores.
Manifestó que el sector Mipyme siempre ha estado en la disposición de que sus trabajadores tengan un salario justo, que le permita tener una mejor calidad de vida.
De su lado, el presidente del Consejo Nacional de Comerciantes y Empresarios de la República Dominicana (Conacerd), Antonio Cruz Rojas, consideró que la decisión de aumentar en un 14% el salario mínimo “no fue la correcta”.
El dirigente empresarial dijo que con la decisión el Ministerio de Trabajo desconoció la Ley 187-17 que establece una clasificación empresarial para las empresas de acuerdo a la cantidad de trabajadores y las ventas brutas.
Dijo que apoyará un recurso de amparo que será sometido contra esa decisión, la cual es rechazada por el sector empresarial.
Destacó que apoya un aumento salarial, pero sin que esa medida signifique que las empresas tengan que restringir sus números de empleados.
Asimismo consideró que el aumento debió ser de un 18%, partiendo de la Reforma Tributaria que se realizó en el 2013, en donde se aplicó ITBIS a varios productos que estaban exentos, de tal manera que se le devolviera el poder adquisitivo a los consumidores.
Pero, enfatizó, primero debió hacerse la reclasificación de las empresas.
Lo que establece la ley
De acuerdo a la Ley 187-17, una microempresa es la que tiene hasta 10 trabajadores y ventas brutas anuales de hasta ocho millones de pesos dominicanos (RD$8,000,000.00); en tanto es pequeña si tiene de 11 a 50 trabajadores y ventas brutas anual de hasta cincuenta y cuatro millones de pesos dominicanos (RD$54,000,000.00). Mientra que una empresa mediana es la que tiene de 51 a 150 trabajadores y ventas brutas anual de hasta doscientos dos millones de pesos dominicanos (RD$202,000,000.00).

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