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Advierten si rechazan prórroga quedaría levantado el toque de queda; PE podría aplicar otras disposiciones

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SANTO DOMINGO.- La Constitución de la República establece que sólo el Poder Legislativo, representado en el Congreso Nacional, es quien debe levantar el estado de emergencia nacional, por lo tanto, de ser rechazada la petición del presidente Danilo Medina este sábado en la Cámara de Diputados, quedaría levantado o sin efecto el toque de queda.
De acuerdo al constitucionalista Frank Martínez, el Poder Ejecutivo no necesita nueva prórroga para mantener las medidas de distanciamiento, ya que por resoluciones el Ministerio de Interior y Policía podría prohibir las aperturas de negocios que debían mantenerse cerrados como las discotecas, cines y colmadones.
“La verdad el gobierno no necesita un estado de emergencia, para nada, en la actualidad la gente de 6:00 de la mañana a 7:00 de la noche hace una vida normal; y desde las siete en adelante por el toque de queda no sale. ¿Si tiene gente por la mañana haciendo cualquier cosa, por qué no de noche?, dijo.

Martínez consideró que el Poder Ejecutivo, por conveniencia, no puede mantener un estado de emergencia, destacando que la Constitución indica en sus artículos 262 hasta 266 relativo a lo que tiene que ver con estado de excepción, que es el Congreso quien puede levantar el estado de emergencia.

Aclara que Ley 21-18, dice que el Poder Ejecutivo puede solicitar, pero quien homologa es el Congreso. Tampoco puede el Ejecutivo tomar decisiones al margen del artículo 6 de Constitución, que es norma suprema y jurídica del Estado.

El artículo 6, sobre supremacía de la Constitución expresa: Todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado. Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constitución.

Martínez sostuvo que el Ministerio de Salud, acorde a la Ley 42-01, tiene competencia para reglamentar en aquellos aspecto en casos de epidemia, “lo mejor es que el presidente no sobrepase el límite de su competencia y que establezca un diálogo con los demás sectores.

“El lunes tenemos 72 días del toque de queda, la economía indica cómo debería comportarse el ciudadano. El Ejecutivo debe contar con todas las fuerzas del país”, indicó Martínez.

De su lado, el presidente de la Fundación Transparencia y Justicia (FJT), Trajano Vidal Potentini, dijo que de no aprobarse los 25 días de prórroga solicitada al estado de emergencia, el presidente Medina tiene posibilidades prudenciales, bajo estado sanitario, hacer algunas intervenciones.

“De hecho se puede sin estado de emergencia, declarar estado de emergencia, habilitar otras leyes, tienen muchas prerrogativas”, agregó.

Aclaró que el mandatario lo que no pueden es ordenar un toque de queda. “Los toques de queda se acabarían”, precisó.
El estado de excepción, aprobado por el Congreso Nacional debido a la pandemia por COVID-19, está contenido en la Ley Orgánica 21-18 y es un mandato de los artículos 262 al 266 de la Constitución.

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