El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) emitió hoy una resolución que establece las medidas básicas para circulación del transporte de cargas, controles de horarios y permisos de circulación de los trenes de carretera (cabezotes con doble tráiler o doble remolque).
La resolución 0001-2019 establece que en toda vía pública de más de un carril en un solo sentido será obligatorio para los vehículos pesados transitar siempre por el carril de la derecha, excepto al pasar a otro vehículo que se desplace en la misma dirección o cuando se disponga a doblar a la izquierda, en una intersección o para entrar en un camino privado.
Los vehículos de transporte de carga no podrán exceder la velocidad de 70 kilómetros por hora en las carreteras troncales y de 55 kilómetros por hora en las secundarias y terciarias, aunque la velocidad indicada en las vías públicas sea mayor.
Todo vehículo pesado de motor, tanto de carga como pasajero y todo remolque, deberá llevar franjas de material reflectivo en su parte frontal, laterales y posterior garantizando la retrorreflectividad en la vía pública sujeto a las disposiciones del reglamento.
Todo autobús, vehículo pesado de motor y remolque, deberá llevar dos (2) luces a cada lado adicionales, tan separados como sea posible, para indicar el largo total del vehículo. Las luces cerca del frente serán color ámbar y los cercanos a la parte posterior, serán rojos.